Calculadora · Finanzas
¿Cuándo me obliga la factura electrónica?
Tu fecha según el volumen de operaciones del año anterior.
Resultado
06/10/2027
La factura electrónica entre empresas te obliga desde el 6 de octubre de 2027. Son 12 meses desde la entrada en vigor de la orden ministerial (06/10/2026), porque tu volumen superó 8.000.000,00 €.
El BOE fija el plazo en meses. Para la fecha exacta, sumamos esos meses a la fecha de entrada en vigor de la orden.
Cómo se calcula
El Real Decreto 238/2026 fija un plazo que empieza a contar cuando entra en vigor la orden ministerial que regula la solución pública de facturación electrónica. Esa orden entró en vigor el 6 de octubre de 2026.
- Si tu volumen de operaciones del año natural anterior excedió de 8.000.000,00 €: 12 meses después → 06/10/2027.
- Para el resto de empresarios y profesionales: 24 meses después → 06/10/2028.
Ejemplo. Una empresa con un volumen de operaciones de 2.500.000,00 € no excede el umbral, así que le corresponden 24 meses: 6 de octubre de 2026 + 24 meses = 6 de octubre de 2028.
Para la fecha exacta, sumamos los meses de fecha a fecha desde la entrada en vigor de la orden. El volumen de operaciones se calcula como dice el art. 121 de la Ley del IVA. Exactamente 8.000.000,00 € no "excede" el umbral.
Lo que la calculadora no decide por ti
Qué año cuenta como "año natural inmediato anterior" depende de tu caso, igual que el cálculo de tu volumen de operaciones conforme al art. 121 de la Ley del IVA. Confírmalo con tu asesor. La norma también prevé periodos transitorios para algunas obligaciones (por ejemplo, para personas físicas por debajo del umbral) que esta calculadora no recoge.
Base legal
- Real Decreto 238/2026, disposición final cuarta
- RD 238/2026 y Orden HAC/1028/2026 (BOE de 5 de octubre de 2026)
Comprobado el 19 de octubre de 2026.
Vigente a 19 de octubre de 2026.
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