Recursos · Dudas resueltas
Respuestas breves, con su fuente.
Respuestas breves que puedes citar, con el texto oficial debajo y lo que la norma deja abierto.
Vigente a 19 de octubre de 2026.
Personas
Jornada y teletrabajo
- ¿Vale un Excel o una hoja en papel como registro de jornada? El artículo 34.9 del Estatuto no fija un formato. Exige un registro diario con hora de inicio y fin, guardado cuatro años y a disposición de quien lo pida.
- ¿Hay que registrar la jornada de los trabajadores a tiempo parcial? Sí. El artículo 34.9 se aplica a cada persona trabajadora, y el 12.4.c añade para el tiempo parcial el registro día a día y el resumen mensual.
- ¿Cuánto tiempo hay que guardar el registro de jornada y quién puede pedirlo? Cuatro años. Los registros quedan a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo.
- ¿Cómo se registra la jornada en teletrabajo? Con el mismo registro del artículo 34.9 del Estatuto. La Ley 10/2021 exige que refleje fielmente el tiempo de trabajo, con inicio y fin de jornada.
- ¿Cuántas horas extra se pueden hacer al año? Ochenta como máximo, en proporción si la jornada es inferior. No cuentan las compensadas con descanso en cuatro meses. Artículo 35.2 del Estatuto.
- ¿Cuántas horas tiene que haber entre una jornada y la siguiente? Doce horas como mínimo entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente, según el artículo 34.3 del Estatuto de los Trabajadores.
Finanzas
Cobros y facturación
- ¿Puedo cobrar intereses y 40 € si un cliente me paga tarde? Sí, entre empresas. La Ley 3/2004 da intereses de demora automáticos (10,40 % sin pacto en el 2.º semestre de 2026) y una cantidad fija de 40 euros.
- ¿Puedo pactar 90 días de pago con un cliente? No entre empresas. La Ley 3/2004 permite ampliar el plazo por pacto, pero nunca por encima de 60 días naturales. Con la Administración son 30 días.
- ¿Cuándo es obligatoria la factura electrónica entre empresas? Doce meses después del 6 de octubre de 2026 si superaste 8 M€ de volumen de operaciones el año anterior; veinticuatro meses después en los demás casos.
- ¿Me afecta Verifactu si ya facturo con un programa en la nube? Sí, si estás en el ámbito del Real Decreto 1007/2023. Las reglas se aplican al sistema con que facturas, esté donde esté, y también a quien lo produce.
Para leer las normas completas, entra en Normativa. Los términos técnicos están en el glosario.
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