Calculadora · Finanzas
¿Cuánto cobro de una factura con retención?
Para facturas de actividades profesionales a empresas o a otros profesionales, que deben retener IRPF.
El 21 % es el tipo general. Cámbialo si tu servicio lleva otro o está exento.
Resultado
Completa los datos para ver el resultado.
Cómo se calcula
- IVA = base imponible × tipo de IVA.
- Retención = base imponible × tipo de retención (sobre la base, nunca sobre el IVA).
- Total factura = base + IVA.
- Líquido a percibir = total factura − retención.
Tipo general de retención: 15 %. Tipo de inicio: 7 % el año en que empiezas la actividad profesional y los dos siguientes. Para aplicarlo, no puedes haber ejercido ninguna actividad profesional el año anterior al inicio, y tienes que comunicárselo por escrito al pagador. Los importes se redondean a céntimos.
Ejemplo. Base de 1.000,00 € con IVA del 21 % y retención general: IVA 210,00 €, total 1.210,00 €, retención 150,00 €; líquido 1.060,00 €. Con el 7 % de inicio, la retención es 70,00 € y el líquido 1.140,00 €.
Lo que la calculadora no decide por ti
El art. 95.1 del Reglamento prevé otros tipos para supuestos concretos (por ejemplo, recaudadores municipales o mediadores de seguros) que esta calculadora no cubre. El tipo de IVA depende del servicio. El 21 % es el general, pero hay servicios con tipos reducidos o exentos. Si facturas a un particular, no hay retención.
Base legal
- LIRPF, art. 101.5.a, y RIRPF, art. 95.1
- Reglamento del IRPF, art. 95.1
- Ley 37/1992, del IVA, art. 90
Comprobado el 19 de octubre de 2026.
Vigente a 19 de octubre de 2026.
Siguiente paso
Cobros
Cada factura vencida, con su siguiente paso.