Normativa · Finanzas
Morosidad: intereses y 40 euros por costes de cobro
- Si un cliente empresarial paga tarde, debe intereses de demora de forma automática, sin necesidad de aviso.
- Sin pacto, el tipo es el del BCE más ocho puntos: 10,40 % en el segundo semestre de 2026.
- Además, el acreedor tiene derecho a una cantidad fija de 40 euros y a los costes de cobro acreditados que la superen.
Vigente a 19 de octubre de 2026.
- A quién afecta
- A las operaciones comerciales entre empresas, y entre empresas y la Administración.
- Desde cuándo
- Ley 3/2004, en vigor. El tipo legal se publica cada semestre en el BOE.
Lo que dice la norma
Copiado literalmente del texto consolidado, con enlace a la fuente.
Texto oficial
Esta Ley tiene por objeto combatir la morosidad en el pago de deudas dinerarias y el abuso, en perjuicio del acreedor, en la fijación de los plazos de pago en las operaciones comerciales que den lugar a la entrega de bienes o a la prestación de servicios realizadas entre empresas o entre empresas y la Administración.
Texto oficial
El obligado al pago de la deuda dineraria surgida como contraprestación en operaciones comerciales incurrirá en mora y deberá pagar el interés pactado en el contrato o el fijado por esta Ley automáticamente por el mero incumplimiento del pago en el plazo pactado o legalmente establecido, sin necesidad de aviso de vencimiento ni intimación alguna por parte del acreedor.
Texto oficial
El acreedor tendrá derecho a intereses de demora cuando concurran simultáneamente los siguientes requisitos:
a) Que haya cumplido sus obligaciones contractuales y legales.
b) Que no haya recibido a tiempo la cantidad debida a menos que el deudor pueda probar que no es responsable del retraso.
Texto oficial
1. El interés de demora que deberá pagar el deudor será el que resulte del contrato y, en defecto de pacto, el tipo legal que se establece en el apartado siguiente.
2. El tipo legal de interés de demora que el deudor estará obligado a pagar será la suma del tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo a su más reciente operación principal de financiación efectuada antes del primer día del semestre natural de que se trate más ocho puntos porcentuales.
Texto oficial
2. En consecuencia, a efectos de lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, en la redacción dada por el artículo 33. Tres de la Ley 11/2013, el tipo legal de interés de demora a aplicar durante el segundo semestre natural de 2026 es el 10,40 por 100.
Texto oficial
1. Cuando el deudor incurra en mora, el acreedor tendrá derecho a cobrar del deudor una cantidad fija de 40 euros, que se añadirá en todo caso y sin necesidad de petición expresa a la deuda principal.
Además, el acreedor tendrá derecho a reclamar al deudor una indemnización por todos los costes de cobro debidamente acreditados que haya sufrido a causa de la mora de éste y que superen la cantidad indicada en el párrafo anterior.
2. El deudor no estará obligado a pagar la indemnización establecida en el apartado anterior cuando no sea responsable del retraso en el pago.
Qué significa
En lenguaje claro
La mora es automática. El deudor la debe por el simple incumplimiento del plazo, sin aviso de vencimiento ni reclamación previa.
Para exigir intereses, el acreedor debe haber cumplido sus obligaciones y no haber cobrado a tiempo. El deudor puede librarse si prueba que no es responsable del retraso.
El tipo es el pactado en el contrato. Sin pacto, es el tipo del BCE más ocho puntos. Para el segundo semestre de 2026 es el 10,40 %.
Además, el acreedor tiene derecho a una cantidad fija de 40 euros, que se añade a la deuda sin pedirla expresamente. El texto no dice si es por factura o por deuda.
Si los costes de cobro acreditados superan esos 40 euros, el acreedor puede reclamar también la diferencia.
Qué tienes que hacer
- 1 Anota la fecha de vencimiento de cada factura.
- 2 Si vence sin pago, calcula los intereses al tipo pactado o, sin pacto, al legal del semestre.
- 3 Incluye los 40 euros y los costes de cobro acreditados en tu reclamación.
Cómo lo resuelve Opulentia
Cobros
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Fuentes oficiales
Última revisión: . Textos oficiales consultados en esa fecha.